Existe un Dios y Creador, (pues el Universo no provino del Azar) y su nombre es Yahweh, pues es el Dios de la Biblia. Este Dios ha vencido y sigue venciendo historica y religiosamente al resto de otros dioses. Su Palabra, la Biblia, las Santas Escrituras, es el único libro de los llamados santos que ha cumplido su gran cantidad de profecías Divinas a diferencia del resto de libros, tales como el Qu'ran del Islam, el Bhagavad-Guitá, los Vedas o los Upanishads del Hinduísmo, las Cuatro Verdades del Buda o el Camino Óctuple del Budismo, o el Talmud de los Judíos. Debemos de reconocer que como humanidad hemos caído de la Gracia del Creador. Pero que mediante el ejemplo que Dios nos ha dado en su Hijo, el Mesías Cristo Jesús, y su sacrificio que ha demostrado que el ser humano puede seguir a Dios sin pecar, somos salvos si creemos y tenemos fé, y nos arrepentimos de nuestros pecados, y nos bautizamos en el nombre de Jesús para remisión de los pecados y como símbolo ante Dios y los hombres de nuestra dedicación a Él mediante el Cristo. Y obedecemos sus justos y simples mandamientos.

Así también, existe Satanas, el cual es el gobernante de este mundo, quien mediante la Orden de los Jesuitas y su Concilio de Diez, formado por las Mas Poderosas Familias del Mundo, son quienes controlan a la mayoría de las sociedades secretas, y dirigen hoy en dia todos los gobiernos y naciones del globo. La Orden de los Jesuitas (la Orden Templaria renacida y mejorada) es culpable de los siguientes actos: Las Primera y Segunda Guerras Mundiales, La Creación de la Masonería, La Creación y Control actual de la Mafia, La Revolución Francesa, Las Guerras Napoleónicas, El Hundimiento del Titanic, La Creación y Control de Todos los Bancos Centrales del Mundo, La Creadora de la Actual "Crisis Económica y Financiera", La Creación e Implementación Mundial de las Doctrinas Comunista y Fascista, Los Genocidios de Gentiles, Judios y de Cristianos del Siglo XX, Los Atentados contra las Torres Gemelas del 2001, Las Detonaciones de la Bombas Nucleares de Hiroshima y Nagasaki, La Guerra Civil Española, La Guerra Fria, La Guerra de Vietnam, La Actual Guerra del Medio Oriente, La Religión de la Nueva Era, La ya próxima Tercera Guerra Mundial, etc, etc.

Debemos reconocer que todas nuestras libertades que disfrutamos hoy en dia: Libertad de Pensamiento, Libertad de Conciencia, Libertad de Expresión, Libertad de Religión, Libertad de Libre Asociación, etc, fueron ganadas por Cristianos mediante la traicionada y truncada Reforma Protestante (previa a la creación de todas las Denominaciones falsamente llamadas "Cristianas") en contra de la dictadura Global de la Iglesia Católica la Gran Ramera, controlada por Papa de Roma, quien es el Hombre de Pecado.

Por lo tanto, y con el mas grande afecto y deseo por y hacia toda la humanidad y en nombre de todo lo que es bueno, me veo en la obligación, el derecho, el honor y el placer, de dar a conocer estas verdades para asi salvar la mayor cantidad de almas posible en este oscuro tiempo en que vivimos.

A través de Cristo Jesús,
Alabado sea el Nombre de Yahweh.

Para mas información comunicarse a:

sábado, 8 de enero de 2011

Nanotecnología Secreta en el Nuevo Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) de la Argentina!

Esto es sorprendente!... Una muestra más de como la República (Romana) de la Argentina es y ha sido usada como un laboratorio de experimentos sociales, económicos, y de toda índole a través de su historia, a la que ahora puede sumarsele el hecho que todo nuevo Documento Nacional de Identidad Obligatorio tendrá "tecnologías digitales de identificación de las personas de características de máxima seguridad y de carácter secreto"...  


Para el lector inexperto en estos asuntos de espionaje de alta tecnologia cometidos por los amos del mundo en vulneración y detrimento de las libertades esenciales y privadas de los ciudadanos, sepa que uno de los deseos mas fuertes de los primeros mencionados (las huestes satánicas de la Companía de Jesus y sus lacayos y esclavos) es la de implantar un "chip" o microprocesador, o mas bien definido: un dispositivo nanotecnólgico y electrónico microscopico computarizado insertado dentro del cuerpo de todo ser humano para asi rastrear, digitar y controlar todo aspecto de su vida.   Aun cuando hoy en dia hay ciertos gobiernos del mundo recién cuestionando la legalidad y constitucionalidad de colocar dispositivos de ratreo nanotecnológico siquiera en billetes (o mas bien dicho, notas del tesoro de curso legal sin ningun valor y basadas en absolutamente nada), la República Romana de la Argentina bajo el yugo del Provincial Jesuita Alfonso Gómez ha implementado tecnología no solo discreta sino también secreta, haciendo y conviertiendo toda denuncia y publicación de la funcionalidad de tal tecnólogia en un crimen de alta traición penado por la ley, tratandose literalmente de un secreto de estado.

Sepa también el lector que la idea, autoría e implementación de todo documento de identificacion usado en el mundo ha sido impuesto siempre en cada pais exclusivamente por gobiernos totalitarios y dictatoriales, vease ejemplos tales como: la Alemania Nacional Socialista de Hitler, las Union de Republicas Socialistas Soviéticas, por cada una de las Dictaduras Fascistas Latinoamericas, etc, etc.

Notese que aún hasta las mismas huellas digitales de todo ciudadano ha sido por tanto digitalizada creando así un banco de datos al respecto cosa la cual antes tan solo era reservado para el seguimiento de personasl con historial criminal y delictivo!

Reproduzco entonces a continuación y en fragmentos el Decreto 1501/2009 y la Resolución 1800/2009 emitidos por el gobierno jesuitico del Estado Argentino (el cual es un gobierno dictatorial dado que gobierna mediante decretos) que así lo prueban:

Decreto 1501/2009:

Autorízase la utilización de tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros como así también en la emisión del Documento Nacional de Identidad.
Artículo 1º — Autorízase a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, a la utilización de tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros, como así también en la emisión del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) con los alcances señalados en la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias. La DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS diseñará y aprobará las características del nuevo Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) con su nomenclatura, descripción y detalles de seguridad e inviolabilidad conforme las facultades conferidas por el artículo 11 de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias.


Apruébanse las características de máxima seguridad y de carácter secreto del Documento Nacional de Identidad.

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1501/09 se autorizó al REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a utilizar tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros, como así también en la emisión del Documento Nacional de Identidad.

Que asimismo, corresponde mantener el carácter reservado con exclusividad a las autoridades con alcance pericial sobre aquellos contenidos que refieren a aspectos y elementos de seguridad del DNI, a fin de resguardar la constatación y validación de los mismos por parte de actores competentes en la materia en condiciones de máxima seguridad.

Que en tal sentido se debe diferenciar entre aquellos procedimientos que, en mérito de la transparencia y publicidad de los actos de gobierno deben ponerse a disposición del público y aquellos que para garantizar la seguridad deben ser declarados de contenido reservado o secreto.

Que por otra parte, resulta necesario establecer características de máxima seguridad, de carácter secreto y cuyo contenido resulte solamente accesible a las autoridades nacionales que se determinen en cada caso.

Que conforme lo previsto en artículo 38 del Decreto Nº 1759/72 (TO Decreto Nº 1883/91), Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, el carácter reservado o secreto de la documentación contenida en una actuación debe ser declarado tal por decisión fundada y con intervención previa del servicio jurídico.

Que en consecuencia resulta necesario declarar la reserva de los elementos, medidas y procedimientos de seguridad de alcance pericial, que contiene el Documento Nacional de Identidad en sus dos formatos y el secreto de las características de máxima seguridad.

Que a tal fin deben desglosarse en cuatro anexos normativos diferenciados, dos correspondientes a las medidas de carácter público, otro cuyo contenido debe mantenerse reservado y otro de contenido secreto.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
RESUELVE:

Art. 4º — Apruébanse las medidas y procedimientos de seguridad e inviolabilidad de alcance pericial que contiene el Documento Nacional de Identidad en sus dos formatos, que constituyen el Anexo III de la presente medida.

Art. 5º — Apruébanse las características de máxima seguridad del Documento Nacional de Identidad en sus dos formatos que constituyen el Anexo IV de la presente disposición.

Art. 6º — Establécese el carácter reservado del Anexo III referido en el artículo 4º, a fin de resguardar la comprobación y validación pericial del Documento Nacional de Identidad en condiciones de máxima seguridad.

Art. 7º — Establécese el carácter secreto del Anexo IV referido en el artículo 5º de la presente resolución.

Art. 8º — La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de República Argentina.

Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Oficial y archívese. — Mora Arqueta.

Es, por tanto, mi mas enconada exhortación a todo ciudadano de la nación a la cual se ha dado el llamar "Argentina" (llamada así dado que la Orden del Temple, luego Jesuita, extraía sus enormes cantidades de plata de las minas de estas tierras) que de modo alguno acepten tanto la implementación como la aceptación de este dispositivo de control de las personas la cual tiene como fin último e inmediato el solo apresar  aún mas si cabe nuestras libertades ganadas por la Cristiana Reforma Protestante nacida e inspirada en la Regla Aurea salida de la boca de Cristo Jesus e inspirada y expresada en la Palabra del Dios Verdadero, Jehová, la Biblia.

Hermano Maximiliano

1 comentario:

  1. Anónimo ¿A que te refieres con: "Buen Material"? Acaso no saben que son demonios quienes se comuncaron con George Green. Este mensaje y el tuyo se autodestruirán en una semana.

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